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Pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio

 

Pruebas de acceso a los 

Ciclos Formativos de Grado Medio




La prueba de acceso es organizada por cada Comunidad Autónoma y, en caso de superarla, el participante podrá estudiar cualquier ciclo formativo de grado medio en todo el territorio nacional. El requisito que debe cumplir para presentarse a esta prueba es tener como mínimo 17 años o cumplirlos en el año de realización de la prueba.

¿En qué consiste la prueba?

  • La prueba de acceso es la misma para acceder a todos los ciclos formativos de grado medio.

  • El currículo de referencia para la organización de la prueba se centrará en las competencias básicas de la Educación Secundaria Obligatoria que permitan cursar con éxito los ciclos de formación profesional de grado medio y se organizará en torno a los siguientes ámbitos: ámbito de comunicación, ámbito social y ámbito científico-tecnológico.

  • Las Administraciones educativas determinarán los centros que podrán impartir cursos de preparación de las pruebas para el acceso a los ciclos formativos de grado medio.

  • En un mismo curso escolar, un participante no podrá concurrir a las pruebas de acceso en más de una Comunidad Autónoma.

  • La superación de la prueba completa de acceso a ciclos formativos de grado medio tendrá validez en todo el territorio nacional.

Exención parcial de la prueba

Corresponde a las Administraciones educativas regular la exención de las partes de las pruebas, ya que, cada Comunidad Autónoma tiene una normativa propia al respecto por lo que debe acudir a la administración de su interés o bien puede consultar su página web , ya que pueden publicar los exámenes de convocatorias anteriores y la regulación normativa de las citadas convocatorias, así podrá tener una referencia sobre los requisitos y todas las exenciones.

Podrá quedar exento de la parte científico-técnica de la prueba de acceso aquella persona que acredite una experiencia laboral equivalente a un año en el campo profesional de los estudios que con aquél al que se desea acceder.

Además las Administraciones educativas pueden regular la posible exención de la parte científico-técnica de la prueba de acceso aquella persona que acredite una experiencia laboral equivalente a un año en el campo profesional de los estudios que con aquél al que se desea acceder, la exención de alguna parte de la prueba a quienes hayan superado un Programa de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) o tengan un Certificado de Profesionalidad de un nivel determinado relacionado con el ciclo que quieran realizar u otros supuestos que considere recoger en la convocatoria elaborada por cada Administración en cada curso académico.

En caso de tener aprobada la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior o la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25, no tiene que presentarse a ninguna de las partes de la prueba, pero debe consultar en su administración el procedimiento a seguir, previo a realizar la solicitud de inscripción en un ciclo formativo.

A todos los efectos, deberá dirigirse a la Comunidad Autónoma de su interés, conforme al procedimiento establecido, aportando todos los documentos acreditativos de su formación previa, para que puedan ser valorados.

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